Oferta de empleo - Gerencia de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud
Información general
Denominación del puesto: Gerencia de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud
Lugar de trabajo: Granada
Tipo de contrato: (no especificado)
Titulación oficial requerida: Grado Universitario/ Licenciatura e Ingenierías/ Diplomaturas e Ingenierías Técnicas.
Titulación específica requerida: Titulación universitaria oficial de licenciatura o grado. Estar en posesión de título universitario oficial expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.
* Acreditar un mínimo de cinco años de experiencia en puestos de dirección.
* No estar incurso/a en ninguna incompatibilidad que determine la legislación vigente.
Funciones
1. Tramitar, gestionar y ejecutar los acuerdos adoptados por el Patronato.
2. Presentar al Patronato los proyectos, iniciativas y estudios que considere de interés para los fines del Patronato.
3. La jefatura superior de todo el personal de la Fundación y la gestión de los recursos humanos.
4. Adquirir, por cualquier título, bienes y derechos, de importe inferior a trescientos mil euros.
5. Enajenar bienes muebles y semovientes cuyo valor sea inferior a trescientos mil euros.
6. Contratar obras, suministros y servicios de importe inferior a trescientos mil euros.
7. Acordar, previa autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda, operaciones de endeudamiento de importe inferior a trescientos mil euros.
8. Suscribir contratos de espectáculos, giras y demás contratos de arrendamientos de servicios e instalaciones, según los precios establecidos por el Patronato.
9. Suscribir los convenios y protocolos generales de actuación necesarios o convenientes para el cumplimiento de los fines de la Fundación, salvo que, por razón del objeto o fines de los mismos, la persona titular de la presidencia de la Fundación considerara necesario u oportuno arrogarse tal facultad.
10. Recaudar los ingresos, formalizar los gastos y realizar los pagos. Asimismo, le corresponderá la custodia de los ingresos y caudales de la Fundación y la firma de los recibos y resguardos de ingreso.
11. Rendir cuentas al Patronato de los estados de caja y de la situación económica de la Fundación, así como de sus posibilidades financieras.
12. Elaborar los presupuestos de explotación y de capital, así como el programa de actuación, inversión y financiación.
13. Elaborar las cuentas anuales.
14. Elaborar el plan de actuación, el inventario de bienes, derechos y obligaciones que compongan el patrimonio de la Fundación y la liquidación del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio económico anterior.
15. Asistir a las sesiones del Patronato.
16. Representar a la Fundación en juicio y fuera de él; ejercitar todas las acciones y excepciones que correspondan a la Fundación, interponiendo los recursos que procedan.
17. Conferir y revocar poderes generales o especiales.
18. Desempeñar cualesquiera otras funciones precisas para la gestión ordinaria o administrativa de las actividades de la Fundación.
19. Todas aquellas otras facultades o atribuciones que le sean expresamente delegadas por el Patronato en los términos previstos en el artículo 24 y que sean necesarias o convenientes para la consecución de los fines fundacionales.
Los establecidos en las bases regulardoras.
#J-18808-Ljbffr