Descripción
- Referencia D37
- Descripción
Los mediadores de seguros (corredores y agentes de seguros), deberán remitir hasta el 30 de abril o siguiente día hábil, la Declaración Estadístico-Contable Anual, referida al ejercicio anual anterior.
Tasa: No requiere el pago de tasas
Requisitos
- Que estén o hayan estado inscritos en el Registro de mediadores de la Comunidad de Madrid.
- Declarar anualmente la documentación antes del 30 de abril o siguiente día hábil del año siguiente al ejercicio al que se refiere la documentación.
#J-18808-Ljbffr