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Descripción
* Referencia A525
* Descripción
Ayudas destinadas a financiar inversiones en materia de bioseguridad en el sector agrario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation.
Línea 1 : Subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.
Línea 2 : Subvenciones a los operadores profesionales de categoría productor de determinados materiales vegetales que realicen inversiones en instalaciones de protección frente a insectos vectores.
1. Tasa No requiere el pago de tasas
Requisitos
Requisitos generales
2. Cumplir los requisitos establecidos en la para ser beneficiario de ayudas.
3. No encontrarse sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
4. No tener la consideración de empresa en crisis excepto aquellas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Requisitos específicos línea 1
5. Ser titular o propietario de un centro de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas, autorizado y registrado en la Comunidad de Madrid.
6. Comprometerse a la mejora del centro o a la construcción de uno nuevo ubicado en la Comunidad de Madrid.
Requisitos específicos línea 2
7. Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la Comunidad de Madrid para producir Materiales Vegetales de Reproducción (MVR).
8. Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción: campos de plantas madre de frutales y vid de distintas categorías, campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales, viveros forestales, etc.
9. Presentar una solicitud de subvención para la inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, en la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la inversión.
10. Presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción se realicen, en el caso de tener varios sitios destinados a la producción de los descritos en el apartado 1.c y que cumpla los requisitos 1.a y 1.b.
#J-18808-Ljbffr