Jefatura de Sistemas de Contratación, Madrid
Funciones del puesto
* Participar en los proyectos de mantenimiento y desarrollo de los sistemas informáticos de SAP Compras/Ventas.
* Supervisar y coordinar las pruebas funcionales de los módulos de desarrollo de tecnología SAP Compras/Ventas.
* Coordinar la correcta realización y desarrollo de nuevas funcionalidades en el ámbito de las aplicaciones SAP Compras/Ventas, responsabilizándose del cumplimiento de los plazos de elaboración y entrega, así como de la aplicación de la normativa en vigor sobre normalización en la construcción de aplicaciones.
* Asegurar el soporte a usuarios y resolución de incidencias funcionales SAP Compras/Ventas.
* Gestionar la documentación funcional para asegurar la calidad de los productos entregados y el cumplimiento de los estándares de desarrollo.
Requisitos específicos del puesto
* Titulación Universitaria, preferentemente en Ingeniería o ADE.
* Experiencia mínima demostrable de 5 años en proyectos SAP Logística: Compras (MM, RMS, SRM) y Ventas (SD).
* Conocimiento de procesos de negocio del ámbito de Compras.
Requisitos valorables del puesto
* Conocimiento de lenguaje de programación ABAP, WEB DYMPRO, BSP, WF, FIORI.
* Experiencia en integración con diferentes Entes Públicos (ROLECE, Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP), Tribunal de Cuentas (TCU).
* Conocimientos de normativa de contratación pública.
* Conocimiento de las herramientas de gestión de incidencias REMEDY, PPM y JIRA.
Admisión de solicitudes y plazo de presentación
1. El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 28 de abril y finalizará el día 26 de mayo de 2022, ambos incluidos.
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.
En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.
De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.
En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
* Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
* Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Estos extremos deberán justificarse mediante la presentación de certificación al efecto emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal.
* Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
* Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.
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