Descripción
* Referencia 1585
* Descripción
La Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda, sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.
1. Tasa Requiere el pago de tasas
Requisitos
Valoración previa (no sujeta a tasa)
Disponible para :
2. Viviendas
3. Locales
4. Oficinas
5. Garajes
6. Naves industriales
7. Fincas rústicas
Requisitos :
8. El acceso a la valoración es libre.
9. Es necesario disponer de certificado digital sólo si se solicita certificado de valoración vinculante.
Quedan excluidos de este método los valores de parcelas, solares, suelos urbanizables, fincas rústicas especiales y otros bienes de características singulares.
Valoración previa solicitada presencialmente o por registro
No sujeta a tasa :
10. Viviendas y sus plazas de garaje y trasteros anejos.
Sujeta a tasa :
11. Inmuebles industriales
12. Almacenes
13. Locales comerciales y de oficinas
14. Terrenos rústicos
15. Suelos sin edificar
Requisitos :
16. Abonar de la tasa correspondiente antes de la emisión de la valoración.
#J-18808-Ljbffr