Información general ¿No sabe con seguridad qué habilidades necesitará para esta oportunidad? Simplemente lea la descripción completa a continuación para obtener una idea clara de los requisitos del candidato.
\n
Tipo de convocatoria
\n
Denominación del puesto
\n
Servicio Andaluz de Empleo
\n
Estado del proceso
\n
Concluido
\n
Fecha de publicación
\n
Plazo de solicitud
\n
Número de plazas
\n
Lugar de trabajo
\n
Fines (Almería)
\n
Tipo de contrato
\n
Duración determinada- interinidad
\n
Titulación oficial requerida
\n
Titular información: Cumplir con lo establecido según lo establecido en: RD 986/2013 de 13-12, para los certificados de profesionalidad IEXD0308 “Operaciones auxiliares en plantas de elaboración de piedra natural y de tratamiento y beneficio de minerales y rocas” y IEXD01078 “Elaboración de la piedra natural”; RD 713/2011, de 20-5 para el certificado de profesionalidad IEXD0209 \"Obras de artesanía y restauración en piedra natural\", y en el Programa Formativo IEXD15 “Reproducción técnica de talla artística, artesanal e industrial de la piedra natural y derivados”.
\n
- Con ACREDITACIÓN ACADÉMICA, estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
\n
- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes; Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título de Grado correspondiente; o Técnico Superior. Dentro del campo de la talla artística, artesanal o industrial de la piedra.\n
- CP Nivel 3 familia profesional Industrias Extractivas área cualificado Piedra natural.
\n
Deberá acreditar además al menos 1 año de experiencia profesional en el campo de las competencias relacionadas con la talla artística, artesanal o industrial de la piedra y en la manipulación de descargas con carretillas elevadoras y puentes-grúa.
\n
- Sin ACREDITACIÓN ACADÉMICA, acreditar 2 años de experiencia en el campo de la talla artística, artesanal o industrial de la piedra y 1 año de experiencia en el ámbito de las UC certif. xqbhyrx profes.
- Acreditación, en todo caso, de tener la competencia docente según RD 34/2008 de 18 de enero y Resolución 4-3-2022.