Requisitos
¿Todo listo para enviar su solicitud? Por favor, lea la descripción al menos una vez antes de hacer clic en "Solicitar".
Licenciado/a en Medicina y Cirugía. Especialidad de Medicina del Trabajo (imprescindible).
Experiencia de al menos 3 años en puestos similares.
Inscripción en el Colegio de Médicos y disponer de Seguro de Responsabilidad Civil.
Valorable: Técnico Superior de prevención.
Buenas dotes comunicativas y de escucha.
Proactividad.
Flexibilidad horaria (disponibilidad al menos una vez al mes para trabajar en horario nocturno y sábados).
Qué harás día a día
Desempeñar las funciones de vigilancia de la salud (Medicina del Trabajo) como especialidad del Servicio de Prevención Propio.
Medicina preventiva para los empleados/as de la empresa.
Medicina asistencial y de primeros auxilios en accidentes sufridos por trabajadores/as en las instalaciones de la empresa, visitantes y clientes/as.
Realizar las acciones preventivas necesarias para garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores/as, asesorando y asistiendo para ello a la empresa, a los trabajadores/as y sus representantes y a los órganos de representación especializados.
Colaborar con el servicio de prevención en la información y formación de trabajadores/as en materia de prevención de riesgos laborales.
Prestación de primeros auxilios y planes de emergencia.
Vigilancia de la salud de los trabajadores/as en relación con los riesgos derivados del trabajo.
Elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la documentación relativa a las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y normativa de desarrollo.
Funciones específicas
La vigilancia y el control de la salud de los trabajadores/as. Para ello deberá conocer y aplicar los protocolos de vigilancia sanitaria específica según riesgos laborales que el Ministerio de Sanidad y Consumo elabore.
Promover con carácter general la prevención en la empresa.
Proponer medidas para el control y reducción de los riesgos.
Realizar actividades de información y formación básica de los trabajadores/as en materia de seguridad y salud.
Participar en la planificación de la actividad preventiva y dirigir las actualizaciones a desarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios.
Elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la siguiente documentación relativa a las obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: práctica de controles del estado de salud de los trabajadores/as previstos en el artículo 22 de la Ley, conclusiones obtenidas de los mismos, relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador/a una incapacidad laboral superior a un día, y notificación por escrito de los daños para la salud de los trabajadores/as a su servicio que se hubieran producido conforme al procedimiento reglamentario. xhfqzwm
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