Funciones del puesto
1. Coordinar la elaboración de los estados financieros individuales y consolidados del Grupo y sus sociedades, asegurando su correcta trazabilidad con la información contable recogida en los sistemas, especialmente con el libro diario, implementando los estándares de contabilidad establecidos con objeto de cumplir con la legislación y normativa vigente aplicando criterios de normalización contable que permitan y faciliten los procesos de consolidación.
2. Asegurar el correcto vuelque de los sistemas contables en los sistemas de reporte de los distintos organismos de control.
3. Aplicar y desarrollar los criterios de normalización contable del Grupo que permitan y faciliten los procesos de consolidación de los negocios del mismo, de cara a garantizar la dirección y el control de las sociedades del Grupo Renfe.
4. Establecer y actualizar los procedimientos contables y administrativos en su ámbito, identificando aspectos potenciales de mejora y velando por su permanente actualización, así como colaborar en la definición de las normas internas dentro del ámbito contable, con la finalidad de reflejar la realidad financiera y patrimonial del Grupo.
5. Aplicar y supervisar los controles internos en los procesos y sistemas informáticos relacionados con los sistemas contables del Grupo, así como impulsar la realización de estudios para su mejora y adaptación, de cara a alcanzar los objetivos de integridad, exactitud, existencia, valoración, propiedad y clasificación de la información financiera.
6. Ejecutar los procesos de cierres contables y su volcado final a los sistemas.
7. Definir las estructuras contables coordinadamente con las áreas de presupuestos y control de gestión para la captura y envío de información contable desde los procesos.
8. Proponer, desarrollar e implantar los informes que se precisan en el ámbito económico financiero, incluidos los reporting a los diferentes organismos oficiales que los solicitan, en especial coordinar la remisión de información a la IGAE de las cuentas anuales y el art. 129 y aquellos informes específicos que sean requeridos por la Dirección de Finanzas y Administración.
Requisitos específicos del puesto
9. Titulación Universitaria Oficial, preferentemente en ADE o Economía.
10. Experiencia de, al menos, 5 años en Contabilidad o Auditorías Financieras en grandes empresas, habiendo gestionado Proyectos de Innovación y Transformación Digital.
11. Experiencia en el manejo de SAP.
Requisitos valorables del puesto
12. Nivel B1 o superior de inglés.
13. Formación de posgrado en sistemas informáticos.
Admisión de solicitudes y plazo de presentación
1. El plazo de admisión de solicitudes comenzará el día 16 de junio y finalizará el día 30 de
junio de 2022, ambos incluidos.
Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente convocatoria.
En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.
De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.
En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
14. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
15. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Estos extremos deberán justificarse mediante la presentación de certificación al efecto emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal.
16. Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
17. Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.