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Abogado laboral por reclamación judicial de cantidad (pamplona)

Pamplona
Cronoshare.Com
Abogado
Publicada el 6 mayo
Descripción

Este escrito lo he preparado para presentar Que mediante el presente escrito formula demanda de impugnación de baja voluntaria por vicio del consentimiento y extinción irregular de la relación laboral, contra la empresa: Keisy s. L. Todo ello en base a los siguientes: ⸻ Hechos Primero El demandante comenzó a prestar servicios para la empresa keisy s. L. El día 01/01/2019, con contrato indefinido y categoría competente de vendedor en tienda, tal como consta en el certificado de empresa y en el informe de vida laboral. Segundo El día 25/01/2020 el demandante finalizó su jornada laboral con normalidad. Durante la madrugada del 26/01/2020, comenzó a sufrir un fuerte dolor abdominal que motivó su asistencia a urgencias hospitalarias. Tercero Tras nuevas exploraciones médicas, el demandante fue diagnosticado de apendicitis aguda, requiriendo intervención quirúrgica urgente. El 27/01/2020 fue intervenido quirúrgicamente en el hospital vall d’hebron de barcelona, permaneciendo ingresado hasta el 30/01/2020, tal como consta en el informe médico hospitalario. Cuarto Durante el periodo de hospitalización y recuperación, concretamente el 29/01/2020, un responsable de la empresa acudió a la habitación hospitalaria del demandante. Durante dicha visita se le presentaron diversos documentos para su firma, indicándole que se trataba de un trámite administrativo temporal hasta su recuperación médica. Quinto El demandante, encontrándose recién intervenido quirúrgicamente, bajo medicación y en una evidente situación de vulnerabilidad física, firmó la documentación confiando en la información proporcionada por el representante de la empresa. Posteriormente tuvo conocimiento de que el documento firmado correspondía en realidad a una baja voluntaria laboral, lo que supuso la extinción de la relación laboral. Sexto En el certificado de empresa consta como causa de extinción “baja voluntaria del trabajador” con fecha 25/01/2020. Sin embargo, dicha baja no fue fruto de una voluntad libre e informada del trabajador, sino consecuencia de la situación médica en la que se encontraba en el momento de la firma. Séptimo El demandante considera que dicha firma se produjo sin consentimiento plenamente libre, en un contexto de especial vulnerabilidad derivado de su estado de salud, por lo que el documento firmado debe considerarse nulo por vicio del consentimiento. Octavo La actuación empresarial consistente en acudir al hospital para obtener la firma de una baja voluntaria de un trabajador recién intervenido quirúrgicamente constituye una actuación contraria a los principios de buena fe y protección del trabajador. ⸻ Fundamentos de derecho I Artículos 4, 20 y 49 del estatuto de los trabajadores, relativos a los derechos laborales y a la extinción de la relación laboral. Ii Artículo 1265 del código civil, que establece que será nulo el consentimiento prestado mediante error, dolo, violencia o intimidación. Iii Doctrina jurisprudencial relativa a la nulidad de la baja voluntaria cuando no existe consentimiento libre del trabajador. Iv Artículos 80 y siguientes de la ley reguladora de la jurisdicción social. ⸻ Suplico al juzgado Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y, tras los trámites legales oportunos, dicte sentencia por la que: 1. Se declare nula la baja voluntaria firmada por el trabajador por existir vicio en el consentimiento. 2. Se declare improcedente la extinción de la relación laboral. 3. Se condene a la empresa a optar entre: * la readmisión del trabajador, o * el pago de la indemnización correspondiente. 4. Todo ello con los efectos legales correspondientes. ⸻ Medios de prueba Se proponen como medios de prueba: Documental 1. Informe de alta hospitalaria del hospital vall d’hebron. 2. Informe de vida laboral de la seguridad social. 3. Certificado de empresa. 4. Documento de finiquito. 5. Informes médicos de urgencias y pruebas *******íticas. Testifical Declaración como testigo de la pareja del demandante, quien estuvo presente durante la hospitalización y puede acreditar la visita del responsable de la empresa y las circunstancias de la firma de los documentos. ⸻ Otrosí digo Que el demandante manifiesta su voluntad de comparecer sin asistencia de abogado ni procurador, conforme permite la ley reguladora de la jurisdicción social. ⸻ En barcelona, a 21 de abril de 2026

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