Ayudas destinadas a financiar inversiones en materia de bioseguridad en el sector agrario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation.
Línea 1 :
Subvenciones a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado por carretera, o para la construcción de nuevos centros con dicha finalidad.
Línea 2 :
Subvenciones a los operadores profesionales de categoría productor de determinados materiales vegetales que realicen inversiones en instalaciones de protección frente a insectos vectores.
* Tasa : No requiere el pago de tasas.
Requisitos generales
* Cumplir los requisitos establecidos para ser beneficiario de ayudas.
* No encontrarse sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
* No tener la consideración de empresa en crisis excepto aquellas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Requisitos específicos línea 1
* Ser titular o propietario de un centro de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas, autorizado y registrado en la Comunidad de Madrid.
* Comprometerse a la mejora del centro o a la construcción de uno nuevo ubicado en la Comunidad de Madrid.
Requisitos específicos línea 2
* Ser operador profesional inscrito como productor, de Derecho público o privado, en el Registro de Operadores Profesionales de Vegetales (ROPVEG) y, por tanto, estar autorizado por la Comunidad de Madrid para producir Materiales Vegetales de Reproducción (MVR).
* Ser productor de MVR de alguno o varios de los siguientes lugares de producción: campos de plantas madre de frutales y vid de distintas categorías, campos de material de reproducción de especies aromáticas y ornamentales, viveros forestales, etc.
* Presentar una solicitud de subvención para la inversión en bioseguridad en instalaciones de protección frente a insectos vectores, en la comunidad autónoma donde se lleve a cabo la inversión.
* Presentar tantas solicitudes como inversiones en lugares de producción se realicen, en el caso de tener varios sitios destinados a la producción de los descritos en el apartado 1.c y que cumpla los requisitos 1.a y 1.b.
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