Overview
* Referencia L58
* Descripción
Aprobación definitiva de instrumentos de planeamiento urbanístico cuya aprobación corresponda al órgano competente de la Comunidad de Madrid, excepto planes especiales cuya aprobación se realice mediante el procedimiento para la :
Aprobación Definitiva autonómica por Consejo de Gobierno. Aprobación Definitiva autonómica por Consejero competente. Aprobación Definitiva autonómica por Comisión de Urbanismo.
Y emisión de informes sobre instrumentos de planeamiento cuya aprobación definitiva corresponda al municipio :
Emisión de informe sobre la Aprobación Inicial municipal. Emisión de informe sobre corrección de errores materiales. Emisión de informe por la Comisión de Urbanismo para Aprobación Definitiva municipal de Plan Parcial que altere determinaciones pormenorizadas establecidas por el Plan General. Emisión de informe por la Comisión de Urbanismo para Aprobación Definitiva municipal de Plan Especial que altere determinaciones estructurantes.
* Tasa No requiere el pago de tasas
* Más información
Requisitos
* Tener como ámbito de aplicación la Comunidad de Madrid.
#J-18808-Ljbffr