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Reconocimiento del grado de discapacidad

Madrid
Comunidad de Madrid
Publicada el 16 octubre
Descripción

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* Referencia 509

El reconocimiento del grado de discapacidad requiere solicitar la valoración inicial en primer lugar. Una vez obtenido, se puede solicitar su revisión o actualización de datos.

El reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33% permite ejercer los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y acceder a distintos beneficios, prestaciones y servicios.

* Tasa No requiere el pago de tasas
Requisitos
* Ser español o extranjero residente legalmente en España.
* Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid.
* Poseer informes médicos actualizados que acrediten la discapacidad alegada.

A continuación, se indican los requisitos de la documentación a presentar para el reconocimiento inicial del grado de discapacidad, así como los requisitos para solicitar su revisión :

Para agilizar la tramitación de tu expediente, recuerda no aportar copia íntegra de la Historia Clínica, ni informes o pruebas, en dispositivos de almacenamiento.

Aporta solamente los informes médicos actualizados en función de tu discapacidad alegada :

Discapacidad física o sensorial

Problemas de visión : informe del oftalmólogo que incluya la agudeza visual con corrección y, de existir defecto del campo visual, una campimetría.

Problemas de audición : informe del otorrino acompañado de audiometría gráfica.

Enfermedad cardiaca :

informe de su cardiólogo con todos los detalles relativos a tratamiento, situación clínica actual, grado funcional de la NYHA, etc.

Enfermedad respiratoria :

informe de su neumólogo, acompañado de espirometría.

Procesos reumáticos, traumáticos o degenerativos que cursen con afectación articular o de columna vertebral :

informe del especialista correspondiente, con el resultado de las pruebas de imagen.

Trasplantados :

informe del servicio correspondiente que indique el grado de repercusión del tratamiento inmunosupresor y, en trasplantes renales, la función renal expresada como aclaración de la creatinina, filtrado glomerular;
y en trasplantes hepáticos, función hepática.

Enfermedades endocrinas :

informe del especialista indicando la situación clínica y el tratamiento. En el caso de padecer diabetes mellitus también deberá hacerse constar las repercusiones de la misma a otros niveles si las hubiese. En caso de afectación de la retina, véase apartado a. Problemas de visión.

Enfermedades digestivas :

Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.

Enfermedades neurológicas :

Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento.

En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.

Neoplasias :

Informe del especialista indicando la situación clínica, que incluya el estadío TNM al diagnóstico, y la fase del tratamiento y en caso de secuelas, indicación de las mismas.

Enfermedades hematológicas :

Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En caso de infección por VIH / SIDA : estadío CDC, poblaciones linfocitarias, carga viral y tratamiento

Otras enfermedades :

informe actualizado y detallado del especialista correspondiente.

Discapacidad intelectual o mental Enfermedad mental :

Informe actualizado del especialista (psiquiatra o psicólogo), indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución. Así mismo, podrá aportar informes de la red pública de atención social a personas con enfermedad mental en los que estuviera atendido.

Trastornos mentales orgánicos (demencias, deterioro cognitivo) / trastornos neuropsicológicos :

Informe actualizado del especialista (psiquiatría, neurología, neuropsicología y / o geriatría) indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución.

Discapacidad intelectual :

Informes que avalen el diagnóstico, con indicación de las pruebas realizadas

Retraso madurativo y alteraciones del neurodesarrollo :

En el caso de niños y adolescentes;
es preciso aportar informes actualizados del especialista (pediatría, psiquiatría infanto-juvenil o neuropediatría) e informe escolar y / o psicopedagógico.

Puedes solicitar la revisión de grado en los siguientes plazos :

* Tres meses antes de que finalice la validez de la resolución emitida en aplicación del.
* Trascurridos dos años desde la resolución inicial, si ésta es definitiva. Y excepcionalmente, antes de los dos años, si se acredita documentalmente que se han producido cambios sustanciales, en las circunstancias que motivaron el reconocimiento de grado, o un error cuya corrección implique cambio de grado reconocido.

La administración revisará de oficio el grado de discapacidad, si la Resolución se emitió a partir del 20 de abril del 2023, aplicando el.

#J-18808-Ljbffr

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